PATENTES:Las patentes son conjuntamente con las marcas los derechos intelectuales mas importantes, deben registrarse en el INPI, y la ley los define:
“ARTÍCULO 4 – Serán patentables las invenciones de productos o de procedimientos, siempre que
sean nuevas, entrañen una actividad inventiva y sean susceptibles de aplicación industrial. a) A
los efectos de esta ley se considerará invención a toda creación humana que permita transformar
materia o energía para su aprovechamiento por el hombre. b) Asimismo será considerada
novedosa toda invención que no esté comprendida en el estado de la técnica. c) Por estado de la
técnica deberá entenderse el conjunto de conocimientos técnicos que se han hechos públicos
antes de la fecha de presentación de la solicitud de patente o, en su caso, de la prioridad
reconocida, mediante una descripción oral o escrita, por la explotación o por cualquier otro medio
de difusión o información, en el país o en el extranjero. d) Habrá actividad inventiva cuando el
proceso creativo o sus resultados no se deduzcan del estado de la técnica en forma evidente para
una persona normalmente versada en la materia técnica correspondiente. e) Habrá aplicación
industrial cuando el objeto de la invención conduzca a la obtención de un resultado o de un
producto industrial, entendiendo al término industria como comprensivo de la agricultura, la
industria forestal, la ganadería, la pesca, la minería, las industrias de transformación propiamente
dichas y los servicios.”
INVENCIONES DE PRODUCTOS O PROCEDIMIENTOS QUE : A) NUEVO B) ALTURA ACTIVIDAD INVENTIVA C ) APLICACIÓN INDUSTRIAL
Que sea nuevo, significa que no sea conocido por el publico, si es secretamente realizado desde hace tiempo por el inventor pero no conocido, es nuevo, no lo dio a conocer al publico .
Es novedoso si no esta comprendido en el estado de la técnica, de acuerdo a la rama , si puede ser rápidamente desarrollado por cualquier especialista no es novedoso, o estaba implícito en ella Tiempo de la novedad valido, es la de la fecha del depósito, ya sea en argentina o en cualquier parte del mundo.
Que tenga aplicación industrial significa que como resultado del invento, se produzca un: PRODUCTO INDUSTRIAL o se obtenga un RESULTADO INDUSTRIAL, desde cualquier rama de ganadería, agricultura, minería, industria forestal, pesca, o industria propiamente dicha.
Cuando no es Invención?
Cuando no hay creación, si se descubre lo que ya estaba hecho, no es una creación sino un descubrimiento. Las obras literarias no son invento por carecer aplicación industrial.- No es invento formas de presentación de la información; métodos de tratamiento;
Puede haber invención, pero no ser patentable?
Si cuando la patente es de orden publico, salubridad, preservación de alimentos, medio ambiente
CARACTERISTICAS:
- Se deben utilizar objetos 2) relación de causa efecto entre el objeto y el resultado 3) la patente protege el objeto no el resultado 4)el resultado debe repetirse 5)el invento no puede ser teórico
Los efectos son únicamente en el país, la patente es nacional. Solo la patente europea abarca a varios países.-
REGISTRACIÒN DURACIÓN:
La duración es de 20 años, NO RENOVABLES, por sus implicancias que tienen los inventos en la sociedad.-
Que derechos te otorga una patente?
Excluir el uso de terceros , darla en licencia o cederla.
Su explotación exclusiva puede estar condicionada por otras patentes y leyes de orden publico.-
Plazo para presentar el invento si lo divulgo?
El inventor tiene un plazo de un año para patentarlo luego de divulgado por cualquier medio
«Art. 5°: Si el inventor hubiere divulgado la invención dentro del año previo a la fecha de presentación de
la solicitud, deberá declararlo por escrito y presentar junto con la solicitud de patente:
a) un ejemplar o copia del medio de comunicación por el que se divulgó la invención, si se tratara de un
medio gráfico o electrónico;
b) una mención del medio y su localización geográfica de la divulgación y de la fecha en que se divulgó,
si se tratara de un medio audiovisual;
c) constancia fehaciente de la participación del inventor o del solicitante en la exposición nacional o
internacional en que divulgó la invención, su fecha y el alcance de la divulgación; ..